4.7.06

Sin ánimo de ofender

La intimidad es un derecho constitucional del individuo (art. 18, apartados 3 y 4), que con los medios de comunicación tradicionales, como el correo postal, correo certificado, los apartados de correo, etc., están más que garantizados. En cambio, con el uso generalizado de los sistemas de comunicación electrónicos, la intimidad y el anonimato de las personas resultan crecientemente amenazadas.

Cada vez que alguien utiliza el correo electrónico, navega por la Web, interviene en foros de conversación, participa en los grupos de noticias de Usenet, o hace uso de un servidor de FTP, está revelando datos sensibles acerca de su personalidad, economía, gustos, hábitos sociales, residencia, etc., que pueden ser maliciosamente recolectados y utilizados por terceros, en perjuicio del usuario inocente.
La amenaza más evidente, de la que todo el mundo es consciente, consiste en los ataques a la confidencialidad, autenticidad e integridad del correo electrónico.
En cambio, la mayoría de los usuarios no es consciente de la cantidad de información privada que, de forma inadvertida e involuntaria, está revelando a terceros, al hacer uso de la Internet. Cada vez que se visita un sitio Web, se suministra de forma rutinaria una información que puede ser archivada por el administrador del sitio. A éste, no le resulta difícil averiguar la dirección de Internet de la máquina desde la que se está operando, la dirección de correo electrónico del usuario, qué páginas lee y cuáles no, qué figuras mira, cuántas páginas ha visitado, cuál fue el sitio recientemente visitado y también qué sistema operativo y qué navegador usa. En fin, la única motivación de estas personas es atentar contra la intimidad de las demás personas, cosa que curiosamente ellos defienden como su bien más preciado y lo valoran más que a cualquier otra cosa o incluso persona, ellos con su libertad, su independencia, su intimidad y su propio círculo y no, no se aceptan correcciones.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Que curioso, yo ayer escribi un articulo que hablaba de lo mismo. De todo ello con lo que debemos quedarnos es que vulnerar la privacidad de datos, de sitios visitados, de correo etc, es un delito constitucional, esto es, esta tipificado en la constitucion Española e Internacional (Derechos Humanos) por lo que es perseguido y sancionado, desde fuertes multas hasta prision. Es bueno que tengamos presente eso, ya que como dijo alguien, por mucho que sepas,... siempre hay alguien que sabe mas que tu.
Buen articulo bombon, felicidades por el.
FyD